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Conozca Sus Derechos

Qué Hacer si ICE Llega a Su Puerta en Carolina del Norte

Usted tiene derechos constitucionales sin importar su estatus migratorio. Esta guía le explica exactamente qué hacer, qué decir y qué no hacer.

La Regla Más Importante

NO abra la puerta. Usted no está obligado a abrir su puerta a oficiales de inmigración a menos que tengan una orden judicial firmada por un juez. Una orden administrativa de ICE no es suficiente.

Paso a Paso: Qué Hacer Cuando ICE Toca la Puerta

1

Mantenga la Calma y No Abra la Puerta

Mantenga la puerta cerrada con llave. Puede hablar a través de la puerta. Pida a los oficiales que se identifiquen y declaren su propósito. Usted tiene todo el derecho de mantener su puerta cerrada.

2

Pregunte si Tienen una Orden Judicial

Pida a los oficiales que deslicen cualquier orden por debajo de la puerta o la muestren por una ventana. Una orden judicial válida estará firmada por un juez federal o estatal - no por un supervisor de ICE. Una orden administrativa de ICE (Formulario I-200 o I-205) no les da derecho legal a entrar a su hogar.

3

Ejerza Su Derecho a Guardar Silencio

No tiene que responder preguntas sobre dónde nació, cómo entró al país o su estatus migratorio. Diga claramente: "Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. Quiero hablar con mi abogado."

4

No Firme Nada

Nunca firme documentos sin la presencia de un abogado. ICE puede presentar formularios que renuncian a su derecho a una audiencia o aceptan la salida voluntaria. Firmar estos formularios puede dañar permanentemente su caso y eliminar opciones de alivio.

5

Documente Todo

Si es seguro hacerlo, grabe el encuentro con su teléfono. Anote números de placa, la cantidad de agentes, la hora y exactamente lo que se dijo. Esta información es crítica para que su abogado proteja sus derechos.

6

Llame a un Abogado de Inmigración Inmediatamente

Contacte a Vasquez Law Firm al 1-844-967-3536. Tenemos abogados bilingües disponibles para asesorarle durante y después de un encuentro con ICE. Tener representación legal desde el primer momento puede cambiar el resultado de su caso.

Sus Derechos Constitucionales

La Cuarta Enmienda protege a todas las personas en los Estados Unidos - sin importar su estatus migratorio - de registros e incautaciones irrazonables. Esto significa:

  • ICE no puede entrar a su hogar sin una orden judicial o su consentimiento
  • Usted tiene derecho a guardar silencio durante cualquier encuentro con oficiales de inmigración
  • Usted tiene derecho a hablar con un abogado antes de responder cualquier pregunta
  • No tiene que firmar ningún documento sin asesoría legal

Cómo Prepararse Antes de que ICE Llegue

El mejor momento para prepararse es antes de que ocurra un encuentro. Las comunidades inmigrantes en Carolina del Norte - en Charlotte, Raleigh, Durham y Smithfield - deben tomar estas medidas ahora:

Cree un Plan de Seguridad Familiar

Designe a una persona de confianza para cuidar a sus hijos si usted es detenido. Mantenga documentos importantes (actas de nacimiento, identificaciones, papeles de inmigración) en un lugar seguro accesible para esa persona.

Memorice Números Telefónicos Clave

Memorice el número de su abogado y un contacto familiar de emergencia. Si le quitan el teléfono, aún podrá comunicarse con las personas que pueden ayudarle.

Tarjeta de Conozca Sus Derechos

Lleve una tarjeta que diga: "Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. No consiento a un registro. Quiero hablar con mi abogado." Presente esta tarjeta durante cualquier encuentro.

Poder Notarial

Si tiene hijos ciudadanos estadounidenses, considere firmar un poder notarial para que una persona de confianza pueda tomar decisiones por ellos si usted es detenido.

William Vásquez - Fundador y CEO, Vasquez Law Firm

Escrito por

William Vásquez

Fundador y CEO, Vasquez Law Firm, PLLC | Veterano de la Fuerza Aérea de EE.UU. | Colegio de Abogados de NC

William Vásquez es el fundador de Vasquez Law Firm y asesor legal de los consulados de México y Guatemala en Carolina del Norte. Miembro del Consejo Asesor del Gobernador de NC sobre Asuntos Hispanos/Latinos, es una voz de confianza en la comunidad inmigrante.

Preguntas Frecuentes

¿Tengo que abrir la puerta si ICE toca?

No. Usted no está obligado a abrir la puerta a menos que los oficiales tengan una orden judicial firmada por un juez. Una orden administrativa de ICE (Formulario I-200) no les da derecho a entrar a su hogar. Puede pedirles que deslicen cualquier documento por debajo de la puerta.

¿Cuál es la diferencia entre una orden judicial y una orden de ICE?

Una orden judicial está firmada por un juez federal o estatal y autoriza a los oficiales a entrar a su hogar. Una orden administrativa de ICE (Formulario I-200 o I-205) está firmada por un supervisor de ICE y NO autoriza la entrada a su hogar. Solo una orden judicial permite la entrada forzada.

¿Puede ICE arrestarme dentro de mi casa sin una orden judicial?

Si usted no consiente la entrada y ICE no tiene una orden judicial, no pueden entrar legalmente a su hogar. Sin embargo, si usted sale o abre la puerta completamente, podrían considerar que ha dejado la protección de su hogar. Quédese adentro y comuníquese a través de la puerta cerrada.

¿Debo hablar con los agentes de ICE si llegan a mi casa?

Usted tiene derecho a guardar silencio. No tiene que responder preguntas sobre su estatus migratorio, país de origen o cómo entró a los Estados Unidos. Puede decir: "Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. Quiero hablar con mi abogado."

¿Qué debo hacer si ICE arresta a un familiar?

Anote el nombre y número de placa del agente, la hora y lugar del arresto, y qué agencia realizó el arresto. Contacte a un abogado de inmigración inmediatamente para localizar al familiar detenido y comenzar a trabajar en opciones de fianza o liberación. Llame a nuestra línea de emergencia al 1-844-967-3536.

¿Puede ICE ir a mi lugar de trabajo en Carolina del Norte?

Sí, ICE puede realizar operaciones de cumplimiento en lugares de trabajo. Sin embargo, sus derechos siguen vigentes. No tiene que responder preguntas sin un abogado. Si ICE entra a un área pública de un negocio, pueden detener personas, pero necesitan una orden para entrar a áreas no públicas. Conozca sus derechos antes de que ocurra un encuentro.

¿Necesita Ayuda Ahora?

Si ICE está en su puerta o un familiar ha sido detenido, llámenos inmediatamente. Abogados bilingües disponibles.

Llame al 1-844-967-3536Evaluación Gratuita

Referencia Rápida de Derechos

NO Abra

A menos que muestren una orden judicial firmada por un juez

Guarde Silencio

No está obligado a responder ninguna pregunta

NO Firme

Nunca firme documentos sin su abogado

Llame a un Abogado

Tiene derecho a representación legal

Proteja a Su Familia. Conozca Sus Derechos.

Cada inmigrante en Carolina del Norte tiene derechos constitucionales. Si usted o un ser querido enfrenta una acción de inmigración, contacte a Vasquez Law Firm para ayuda legal bilingüe inmediata.