Carta de Sostenimiento (I-864) en Carolina del Norte
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No es una carta. Es un contrato
El Formulario I-864 es obligatorio en prácticamente todos los casos familiares. Con él, un patrocinador se compromete a mantener económicamente al inmigrante para que no se convierta en carga pública.
El divorcio NO termina la obligación
Es un contrato exigible ante un tribunal, y dura hasta que el inmigrante se haga ciudadano, acumule cuarenta trimestres de trabajo, pierda la residencia y se vaya definitivamente, o fallezca. Nada más lo termina. Ni el divorcio, ni que la relación se haya roto, ni que no se hablen desde hace años. Hay casos reales de ex cónyuges que cobraron manutención bajo el I-864 mucho después de divorciarse.
El tamaño del hogar incluye más gente de la que cree
El requisito de ingreso se mide contra las guías federales de pobreza según el tamaño de su hogar, y ese umbral se actualiza cada año. Lo que hunde los cálculos no suele ser el ingreso, sino contar mal el hogar. Hay que incluir:
Usted, su cónyuge y sus dependientes
Los que declara en sus impuestos, vivan o no con usted
El inmigrante que está patrocinando
Y cualquier familiar que venga con él
Cualquiera que haya patrocinado antes
Si esa obligación sigue vigente, cuenta — y es lo que más gente olvida
Si el ingreso no alcanza
Bienes en lugar de ingreso. Se permite, pero su valor debe ser varias veces la diferencia que falta.
Sumar a alguien de su hogar (I-864A). Un familiar que viva con usted acepta responsabilidad solidaria.
Un patrocinador conjunto — y aquí está la trampa. Esa persona debe calificar por su cuenta para el hogar completo, no solo cubrir lo que a usted le falta. Muchísima gente le pide el favor a un amigo creyendo que basta con completar la diferencia. No basta, y el caso se retrasa meses.
Los errores que provocan solicitudes de evidencia
Contar mal el hogar; olvidar patrocinios anteriores vigentes; tomar la cifra equivocada de la declaración de impuestos; no adjuntar las transcripciones requeridas; un patrocinador conjunto que no califica; y firmar sin haber leído la obligación. Casi todos producen un retraso de meses, y algunos hunden el caso. Revisar el I-864 antes de presentarlo es de las cosas más baratas que protegen un caso familiar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la carta de sostenimiento?
Es el Formulario I-864, el documento con el que un patrocinador se compromete a mantener económicamente al inmigrante para que este no se convierta en una carga pública. Es obligatorio en prácticamente todos los casos familiares. Lo que casi nadie entiende al firmarlo es que no se trata de una carta de buena voluntad: es un contrato con el gobierno de los Estados Unidos, exigible ante un tribunal.
¿Cuánto ingreso hay que tener?
El requisito general es tener ingresos por encima de un porcentaje de las guías federales de pobreza para el tamaño de su hogar, y ese umbral se actualiza cada año, por eso no publicamos aquí una cifra que quedaría desactualizada. Lo importante para calcularlo bien es que el tamaño del hogar incluye más gente de la que la mayoría cuenta: usted, su cónyuge, sus dependientes, el inmigrante que patrocina y cualquier otra persona que ya haya patrocinado antes y cuya obligación siga vigente. Ese último punto sorprende a mucha gente y es lo que hace que un caso no alcance el umbral.
Mis ingresos no alcanzan. ¿Qué opciones tengo?
Hay tres caminos. Puede usar bienes en lugar de ingreso, aunque se exige que su valor sea varias veces la diferencia que falta. Puede sumar el ingreso de un familiar que viva en su hogar mediante el Formulario I-864A, con el que esa persona acepta responsabilidad solidaria. O puede conseguir un patrocinador conjunto, y aquí está el detalle que arruina casos: el patrocinador conjunto debe calificar por su cuenta para el hogar COMPLETO, no solo cubrir la diferencia que a usted le falta. Mucha gente pide ayuda a un amigo creyendo que basta con completar el faltante, y no es así.
¿Hasta cuándo dura la obligación?
Hasta que ocurra una de estas cosas: el inmigrante se hace ciudadano estadounidense, acumula cuarenta trimestres de trabajo computable, pierde la residencia y se va del país de forma definitiva, o fallece. El divorcio NO termina la obligación. Tampoco la termina que la relación se haya roto, ni que usted no hable con esa persona desde hace años. Esto se le explica a muy poca gente antes de firmar y es la causa de la mayoría de los problemas legales que vemos después.
¿De verdad me pueden demandar?
Sí. El inmigrante patrocinado puede demandar al patrocinador directamente para exigir el nivel de manutención pactado, y las agencias gubernamentales que hayan otorgado ciertos beneficios pueden reclamar el reembolso. Se han decidido casos reales de ex cónyuges que cobraron manutención bajo el I-864 años después del divorcio. No decimos esto para que nadie deje de ayudar a su familia: lo decimos para que firme sabiendo exactamente qué está firmando.
¿Cuáles son los errores más comunes?
Contar mal el tamaño del hogar; olvidar patrocinios anteriores todavía vigentes; usar el ingreso bruto ajustado equivocado de la declaración de impuestos; no incluir las declaraciones o transcripciones de impuestos requeridas; conseguir un patrocinador conjunto que no califica por el hogar completo; y firmar sin haber leído lo que la obligación implica. Casi todos producen una solicitud de evidencia que retrasa el caso varios meses, y algunos lo hunden. Revisar el I-864 antes de presentarlo es de las cosas más baratas que se pueden hacer para proteger un caso familiar.
Vea también inmigración familiar, ajuste de estatus y proceso consular.
Resumen rápido
- Formulario: I-864
- Naturaleza: contrato exigible
- Termina con: ciudadanía o 40 trimestres
- Conjunto: debe calificar solo
- Divorcio: no lo libera
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